Toribio de Mogrovejo, Santo
Obispo, 23 de marzo…
Hoy también se festeja a:
- • Otón Frangipane, Santo
- • Pedro de Gubbio, Beato
- • Benito de Campania, Santo
- • Pedro Higgins, Beato
- • Anunciata Cocchetti, Beata
Creerle a Jesús
Por: H Edgar Maldonado, LC | Fuente: www.somosrc.mx
En el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo.
Amén.
Cristo, Rey nuestro.
¡Venga tu Reino!
Oración preparatoria (para ponerme en presencia de Dios)
Señor, creo en ti; creo que soy obra tuya. Quiero que los demás noten que soy tuyo.
Evangelio del día (para orientar tu meditación)
Del santo Evangelio según san Juan 4, 43-54
En aquel tiempo, Jesús salió de Samaria y se fue a Galilea. Jesús mismo había declarado que a ningún profeta se le honra en su propia patria. Cuando llegó, los galileos lo recibieron bien, porque habían visto todo lo que él había hecho en Jerusalén durante la fiesta, pues también ellos habían estado allí.
Volvió entonces a Caná de Galilea, donde había convertido el agua en vino. Había allí un funcionario real, que tenía un hijo enfermo en Cafarnaúm. Al oír que Jesús había venido de Judea a Galilea, fue a verlo y le rogó que fuera a curar a su hijo, que se estaba muriendo. Jesús le dijo: «Si no ven ustedes señales y prodigios, no creen». Pero el funcionario del rey insistió: «Señor, ven antes de que mi muchachito muera». Jesús le contestó: «Vete, tu hijo ya está a sano».
Aquel hombre creyó en la palabra de Jesús y se puso en camino. Cuando iba llegando, sus criados le salieron al encuentro para decirle que su hijo ya estaba sano. Él les pregunto a qué hora había empezado la mejoría. Le contestaron: «Ayer, a la una de la tarde, se le quitó la fiebre». El padre reconoció que a esa misma hora Jesús le había dicho: ‘Tu hijo ya está sano’, y creyó con todos los de su casa.
Éste fue el segundo signo que hizo Jesús al volver de Judea a Galilea.
Palabra del Señor.
Medita lo que Dios te dice en el Evangelio
Hiciste tu primer milagro en Caná; en este mismo lugar realizaste tu segundo signo, a pesar de que a ningún profeta se le honra en su propia patria a causa de la falta de fe de muchos. Dedicaste tus primeros signos a la familia: primero ayudaste al matrimonio en su necesidad de vino; en esta ocasión auxilias a un padre afligido por la enfermedad de su hijo. Las palabras de María todavía resuenan en Caná: hagan lo que Él les diga. El funcionario real da fe a tus palabras y se retira de tu presencia. Su fe en tu a palabra le consigue la curación que deseaba. Creyó; su fe le dio motivo de vivir con esperanza, la esperanza de regresar a casa y encontrar a su hijo sano y salvo.
San Juan nos narra en pocas líneas una conversión. Un hombre que había escuchado de un tal Jesús que había obrado algunos prodigios. El viaje de regreso a casa significa para nosotros el tiempo de nuestra conversión. Durante el viaje, las palabras de Jesús penetran con fuerza: «Vete, tu hijo ya está sano». Supo que le fue dado un gran don. Al llegar a casa y constatar la curación de su hijo, no dudó en compartir su fe con los miembros de su casa, aquellos que, de hecho, presenciaron la curación.
«Hay hombres que aparentemente no buscan a Dios, pero Jesús nos hace rezar también por ellos, porque Dios busca a estas personas más que a nadie. Jesús no vino por los sanos, sino por los enfermos, por los pecadores, es decir, por todos, porque el que piensa que está sano, en realidad no lo está. Si trabajamos por la justicia, no nos sintamos mejores que los demás: el Padre hace que su sol salga sobre los buenos y sobre los malos. ¡El Padre ama a todos! Aprendamos de Dios, que siempre es bueno con todos, a diferencia de nosotros que solo podemos ser buenos con algunos, con algunos que nos gustan».
(Homilía de S.S. Francisco, 13 de febrero de 2019).
Diálogo con Cristo
Ésta es la parte más importante de tu oración, disponte a platicar con mucho amor con Aquel que te ama.
Ensancha mi corazón para ver en ti, Jesús, el más valioso don del Padre.
Propósito
Proponte uno personal. El que más amor implique en respuesta al Amado… o, si crees que es lo que Dios te pide, vive lo que se te sugiere a continuación.
Voy a escribir los dones que Dios me ha regalado. Una vez puestos por escrito, en su presencia, le preguntaré cómo puedo servirle con los dones que me ha dado: Señor, ¿cómo puedo servirte mejor?
Despedida
Te damos gracias, Señor, por todos tus beneficios, a ti que vives y reinas por los siglos de los siglos.
Amén.
¡Cristo, Rey nuestro!
¡Venga tu Reino!
Virgen prudentísima, María, Madre de la Iglesia.
Ruega por nosotros.
En el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo.
Amén.
¿Cuándo es nulo un matrimonio?
Por: n/a | Fuente: ConoZe.com
Hace algún tiempo, el Papa Francisco dijo que la nulidad matrimonial sólo se da en casos excepcionales; en principio, hay una capacidad humana innata al matrimonio.
Don Rafael Higueras, juez del Tribunal Eclesiástico de Jaén, aclara algunos puntos centrales sobre este asunto:
«La palabra de Jesús podrá ser escuchada y cumplida, o podrá ser rechazada y atacada. Pero lo que es imposible aceptar es que sea manipulada o tergiversada. Lo que Dios unió que no lo separe el hombre»
La doctrina de la Iglesia sobre el sacramento del Matrimonio, en todas sus líneas fundamentales, no es otra doctrina que la del propio Señor Jesús.
Pero las propiedades esenciales del matrimonio están ya presentes en la ley natural, una ley incluso anterior a la misma ley revelada. Esas propiedades, según la doctrina de la Iglesia, son la unidad (de uno con una) y la indisolubilidad (para siempre).
«El Concilio habla del acto humano por el cual los esposos se dan y se reciben mutuamente; y allí mismo expresan el consentimiento personal e irrevocable»
El consentimiento es un acto de personas humanas, dotadas de inteligencia y voluntad, que ha de ser necesariamente libre. Al indicar estas cualidades (inteligencia, voluntad, libertad), se está anotando ya que cualquier cosa que pueda herir o desfigurar el consentimiento matrimonial puede dar lugar a que no haya verdadero y legítimo matrimonio.
Por ejemplo, quien carece de suficiente uso de razón o quien tiene incapacidad para asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica no puede contraer matrimonio válido; y si se descubre tal situación (incluso años después de la celebración del aparente consentimiento) tal matrimonio será nulo.
Por supuesto hay que partir del principio que afirma que el consentimiento interno de la voluntad se presume que está conforme con las palabras o signos empleados para celebrar el matrimonio, como dice el Código de Derecho Canónico.
Es evidente tal norma; pues sería un caos si, por principio, se estableciera la duda o la ambigüedad para enjuiciar la realidad del consentimiento dado por los esposos.
¿Para qué el matrimonio?
El Concilio Vaticano II dice del matrimonio cosas tan magníficas como lo siguiente:
«Cristo nuestro Señor bendijo abundantemente este amor multiforme (de los esposos), nacido de la fuente divina de la caridad y que está formado a semejaza de su unión con la Iglesia». Y un poco antes: «Por ser de índole natural, la institución del matrimonio y el amor conyugal están ordenados por sí mismos a la procreación y a la educación de la prole, con los que se ciñen como con su corona propia».
«El pensamiento cristiano no puede ignorar la ley natural.»
La consecuencia que extrae el Código de Derecho Canónico, en cuanto al fin del matrimonio, es que, si alguno de los contrayentes, o ambos, excluye con un acto positivo de la voluntad, el matrimonio mismo, o un elemento o una propiedad esencial, contrae inválidamente.
Dicho en lenguaje menos académico, no vale contraer matrimonio pensando según el propio capricho en un dibujo o modelo del matrimonio, hecho al antojo del contrayente.
Los hijos en el matrimonio, su procreación y educación, son de tal importancia que rechazar esa conclusión extraída de la ley natural, haría que el matrimonio así contraído fuera una simulación que lleva a la invalidez.
Separación, divorcio y nulidad
Muchas veces se palpa confusión en los medios de comunicación acerca de los términos separación, divorcio y nulidad.
También es necesario anotar que el matrimonio por la Iglesia no es lo mismo que otra celebración ante el Juzgado, u otro organismo civil, donde no hay sacramento.
- Disolver (divorcio) supone que antes había un lazo que después se desata.
- Anular (nulidad) es declarar que no hubo lazo. No puede deshacerse, por la sencilla razón de que no existió antes.
Podría darse el caso de que unos novios que celebran su unión ante el magistrado civil pudieran solicitar, en ese mismo ámbito, la nulidad por tales motivos: incapacidad, falta de requisitos exigidos en el ámbito civil, etc. Y eso no sería tampoco divorcio.
El divorcio no existe en la Iglesia.
En la Iglesia y para la Iglesia, la unión de un hombre y una mujer, si fue verdadero matrimonio, fue matrimonio para siempre. Esto podría resumirse en estas palabras: unidad e indisolubilidad, que llevan dentro de sí la fidelidad.
En la doctrina de la Iglesia el matrimonio es la alianza de un varón y de una mujer, y para siempre.
La Iglesia hace procesos en los tribunales eclesiásticos a petición, generalmente de uno, o de ambos contrayentes, que tengan un matrimonio canónico. Lo que los tribunales eclesiásticos hacen es declarar que no existió tal matrimonio, no disolverlo, si es que ello se demuestra.
La Iglesia reconoce también que, en determinados casos en que no se puede declarar la nulidad, sin embargo, puede sentenciarse la separación, permaneciendo el vínculo.
Los trámites del proceso
Los trámites de una nulidad pasan, como mínimo, por dos sucesivos tribunales (primera y segunda instancia); cada uno de los dos tribunales está integrado por tres jueces; y la sentencia no es firme mientras no sean coincidentes ambos tribunales; y en caso de no serlo, cabe una tercera instancia que resuelve la discordancia anterior.
Dada la dificultad y especialización de estos procesos, cada diócesis tiene una asesoría previa donde orientan a los esposos antes de realizar los primeros trámites para evitar gastos y pérdidas de tiempo, y con la única finalidad de ayudar eficazmente.
Los diversos plazos de cada trámite procesal, desde que se presenta la demanda hasta que se resuelve con la sentencia, están minuciosamente marcados en el Derecho Canónico.
Una causa de nulidad del matrimonio, cualquier causa, ha de ser anterior al contraer. Algo que se diera sólo posteriormente, aunque fuera al día siguiente de la boda, no sería causa de nulidad.
Esto es necesario repetirlo y clarificarlo: no es lo mismo matrimonio fracasado que matrimonio nulo. El hecho de que un matrimonio no llegue a feliz puerto no quiere decir que ese matrimonio fue nulo el día que se contrajo.
Pero tampoco hay que confundir una causa de nulidad que se detecte después de contraer, pero que existía desde antes; esa causa sí puede dar origen a la nulidad.
